Con la publicación del Real Decreto 893/2024, 10 sept., por el que se regula la protección de la seguridad y la salud en el ámbito del servicio del hogar familiar, se define un nuevo marco de derechos no reconocidos hasta la fecha.
Este Real Decreto termina un camino que pone en valor el trabajo en el hogar como un pilar fundamental para la sociedad y que comenzó con la aprobación de un subsidio especial en la pandemia ocasionada por el COVID-19, el reconocimiento del derecho a la cotización para la prestación por desempleo y la ratificación del Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo sobre las trabajadoras y los trabajadores domésticos, concretamente cumple con la obligación del artículo 13 del citado convenio, consistente en adoptar medidas para asegurar la seguridad y salud en el trabajo de este colectivo; asimismo, atiende el deber contenido en el artículo 5 del convenio de adoptar medidas para asegurar una protección efectiva contra toda forma de abuso, acoso y violencia.
Entras modificaciones, citamos las siguientes:
- Nuevos derechos a la prevención de riesgos laborales en el empleo del hogar familiar.
- Nuevas obligaciones para las personas empleadoras, tales como el deber de evaluación de riesgos y adopción de medidas preventivas en el empleo doméstico (arts. 3 RD 893/2024). Ello se llevará a cabo mediante una herramienta online gratuita, que se creará por parte del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (disp. adic. 1ª).
- Servicio de Ayuda a Domicilio.
Con la nueva disposición adicional 13ª RD 39/1997, 17 en., por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, añadida por este RD 893/2024 (disp. final 1ª), también recoge los servicios de ayuda a domicilio (SAD), las especiales características de esta actividad, que se desarrolla en domicilios privados, requieren una especificación para recoger la protección de la seguridad y la salud de este sector. Las personas encargadas de evaluar los riesgos laborales han de realizar las evaluaciones en visitas presenciales a los domicilios donde se lleva a cabo la actividad de cuidado. - Guía técnica en materia de prevención de riesgos laborales en el trabajo doméstico.
En el plazo máximo de un año desde la publicación de esta norma, el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo elaborará una guía técnica para la prevención de los riesgos laborales en el servicio del hogar familiar, la cual será publicada en la página web del Ministerio de Trabajo y Economía Social y estará a disposición de personas empleadoras y trabajadoras en las sedes de las Inspecciones provinciales de Trabajo y Seguridad Social (disp. adic. 3ª).